Seguridad #2
Seguridad activa
La seguridad activa informática es aquella que nos permite prevenir problemas derivados de infecciones de malware, sustracciones de información delicada, hackeos y otros peligros tan habituales en la época en la que nos encontramos.
Seguridad pasiva
La seguridad pasiva es aquella relacionada con las soluciones que tomamos una vez que el problema ya nos ha afectado (por ejemplo, llevar a formatear el PC tras haber sido infectado por un virus).
Seguridad física
La seguridad física es aquella que trata de proteger al hardware (los equipos informáticos, el cableado, etc.) de los posibles desastres naturales (terremotos, tifones, etc.), de incendios, inundaciones, sobrecargas eléctricas, de robos y un sinfín de amenazas más.
Seguridad lógica
La seguridad lógica complementa a la seguridad física, protegiendo el software de los equipos informáticos (aplicaciones y datos) de usuarios, de robos, de pérdidas de datos, de entrada de virus informáticos, de modificaciones no autorizadas, de ataques desde la red, etc.
Seguridad en los sistemas
La seguridad en los sistemas de información es el conjunto de medidas y uso de herramientas para prevenir, resguardar, proteger y reaccionar ante cualquier movimiento que atente contra la información. Con esto, se busca mantener la confidencialidad, mantener íntegros los datos y disponibles según sea necesario.
Leyes sobre seguridad en España
La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), fue una ley orgánica española y derogada con la entrada en vigor, el 7 de diciembre de 2018, de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, que adapta la legislación española al Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea.
La LO 15/1999, tenía por objetivo garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y también los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor, intimidad, privacidad personal y familiar. Fue aprobada por las Cortes Generales el 13 de diciembre de 1999.
Esta ley se desarrolló en el artículo 18 de la constitución española de 1978, sobre el derecho a la intimidad familiar. Quedaban excluidas de esta normativa aquellos datos recogidos para uso doméstico, las materias clasificadas del estado y aquellos ficheros que recogen datos sobre terrorismo y otras formas de delincuencia organizada (no simple delincuencia).
La Agencia Española de Protección de Datos, de ámbito estatal y creada en 1992, es la encargada de velar por el cumplimiento de esta Ley.
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